Bulletin n. 2/2016
December 2016
INDICE
  • Section A) The theory and practise of the federal states and multi-level systems of government
  • Section B) Global governance and international organizations
  • Section C) Regional integration processes
  • Section D) Federalism as a political idea
  • Jean-Claude Piris
    La Unión Europea, Cataluña y Escocia (Cuestiones jurídicas sobre las recientes tendencias secesionistas en los Estados Miembros de la UE)
    in Teoria y realidad constitucional , no. 37 ,  2016 ,  101-134
    Este estudio surge de los acontecimientos producidos en 2014 y 2015 en Escocia (referéndum sobre la independencia) y en Cataluña («consulta informal» y elecciones autonómicas). En ambos casos, los movimientos secesionistas deseaban que un nuevo Estado nacido de la secesión llegara a ser (según ellos, «siguiera siendo») parte de la UE. Esta convicción les fortalece, ya que la UE es vista como un «refugio seguro », que permite la independencia sin la amenaza de quedar aislado. Los Tratados de la UE ni prevén ni prohiben la división de un Estado miembro. No obstante, para llegar a ser parte de la UE, la región secesionista debería primero ser reconocida como Estado por la comunidad internacional, y específicamente por los 28 Estados miembros de la UE (incluyendo España y el Reino Unido). Esto sería legalmente posible si el nuevo Estado naciera respetando completamente el Estado de Derecho, pero en cambio excluiría un «Estado» que hubiera declarado unilateralmente su independencia violando la Constitución nacional. Así, un nuevo Estado reconocido podría ser candidato a incorporarse a la UE. El autor muestra que debería seguirse el procedimiento del artículo 49 del Tratado de la UE y no el del artículo 48 (enmiendas a los Tratados). Tomando Escocia como ejemplo, el autor describe los pasos legales necesarios que deben darse después de la secesión. Señala que la división de un Estado de la UE ya no debería verse como un asunto estrictamente nacional; dadas sus consecuencias sobre la UE en conjunto y sobre otros Estados miembros, es un asunto que no puede ser ignorado por la UE.
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